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Demanda por Muerte Injusta en Texas: Quién Puede Demandar y Qué Cubre

Perder a un ser querido por la negligencia de otra persona es un dolor que ninguna familia debería cargar sola. Aquí le explicamos, con respeto, lo que dice la ley de Texas. Escrito por el Abogado Chris Sanchez de The Law Office of Chris Sanchez P.C. Consulta gratis · hablamos español · no paga si no ganamos.

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La respuesta en 60 segundos: En Texas, solamente el cónyuge, los hijos y los padres de la persona fallecida pueden presentar una demanda por muerte injusta, conforme al Capítulo 71 del Código de Prácticas y Recursos Civiles. La demanda puede cubrir la pérdida del sostén económico, la pérdida de compañía y cariño, la angustia mental de la familia y otros daños. El plazo general para presentarla es de dos años a partir del fallecimiento. Nadie tiene que apurarse a tomar decisiones en medio del luto, pero tampoco conviene dejar pasar el tiempo. Nuestra oficina atiende a las familias con respeto, en español, y la consulta es gratuita.

Qué Es una Demanda por Muerte Injusta

Cuando una persona fallece por la negligencia de otra, ya sea en un choque, en el trabajo o por otra causa, la ley de Texas le da a ciertos familiares el derecho de pedir cuentas en la corte civil. La demanda por muerte injusta no es un proceso criminal y no busca mandar a nadie a la cárcel. Lo que busca es que la familia no cargue sola con las consecuencias económicas y humanas de algo que nunca debió pasar.

Ninguna cantidad de dinero devuelve a un esposo, a una madre o a un hijo. Eso lo entendemos y lo decimos de frente. Lo que sí puede hacer este proceso es proteger el futuro de la familia que se queda: la casa, los estudios de los hijos, la estabilidad de los que dependían de esa persona.

Quién Puede Demandar en Texas

La ley de Texas es estricta sobre quiénes tienen este derecho. Solamente pueden demandar:

  • El cónyuge, incluyendo el cónyuge de un matrimonio informal (lo que muchos conocen como unión libre reconocida legalmente, o “common law marriage”).
  • Los hijos, incluyendo hijos adoptados legalmente, sin importar si son menores o adultos.
  • Los padres de la persona fallecida.

Los hermanos, los abuelos, los primos y otros parientes no pueden presentar esta demanda bajo la ley de Texas, por mucho que les duela la pérdida. Además, si los familiares con derecho no presentan la demanda dentro de los primeros tres meses, el representante de la herencia puede presentarla, a menos que la familia pida que no se haga.

Qué Daños Puede Cubrir la Demanda

Cada familia es distinta y cada caso se evalúa por sus propios hechos, pero en general la demanda por muerte injusta puede cubrir:

  • La pérdida del sostén económico que la persona aportaba a su hogar.
  • La pérdida de los servicios, el cuidado y el consejo que daba a su familia.
  • La pérdida de compañía, cariño y consuelo.
  • La angustia mental que sufren el cónyuge, los hijos y los padres.
  • La pérdida de la herencia que la persona habría dejado.

En casos de conducta especialmente grave, la corte también puede considerar daños adicionales para castigar esa conducta. Nunca prometemos resultados, porque cada caso depende de su propia evidencia, pero sí le explicamos con claridad qué se puede reclamar en su situación.

La Acción de Sobrevivencia: El Reclamo de Su Ser Querido

Aparte de la demanda por muerte injusta, existe otro reclamo llamado acción de sobrevivencia. Este reclamo le pertenece a la persona fallecida y lo presenta su herencia. Cubre lo que esa persona sufrió antes de fallecer: el dolor físico, los gastos médicos de sus últimos días y los gastos del funeral y entierro. Muchas familias no saben que estos dos reclamos existen por separado, y una aseguranza no se los va a explicar. Nosotros sí.

El Plazo de Dos Años

Como regla general, la demanda debe presentarse dentro de dos años a partir de la fecha del fallecimiento. Existen algunas excepciones limitadas, pero nadie debe contar con ellas. Dos años suenan a mucho tiempo, pero investigar un caso serio, ya sea un choque de carro en McAllen, un accidente en San Juan o un choque de motocicleta, toma meses: hay que preservar evidencia, hablar con testigos y consultar expertos antes de presentar nada.

Cómo Es el Proceso, Paso a Paso

Cada caso es distinto, pero en términos generales el camino se ve así: primero investigamos a fondo lo que pasó y preservamos la evidencia. Después presentamos el reclamo ante la aseguranza o, si es necesario, la demanda ante la corte. La mayoría de los casos se resuelven por negociación sin llegar a juicio, pero preparamos cada caso como si fuera a juicio, porque las aseguranzas pagan más cuando saben que la familia está lista para llegar hasta el final. Durante todo el proceso, usted decide; nosotros le explicamos sus opciones y nunca aceptamos nada sin su autorización.

Cómo Manejamos Estos Casos: Con Respeto y a Su Ritmo

Sabemos que llamar a un abogado es lo último que una familia quiere hacer durante el luto. Por eso manejamos estos casos de otra manera:

  • Hablamos con usted en español, sin tecnicismos y sin presión.
  • Nos encargamos de la aseguranza para que usted no tenga que contestar sus llamadas.
  • Avanzamos al ritmo de su familia, pero protegemos los plazos y la evidencia desde el primer día.
  • No cobramos nada por adelantado. Solo cobramos si ganamos su caso.

Puede conocer más sobre este tipo de casos en nuestra página de abogado de muerte injusta en McAllen, o sobre reclamos por lesiones graves en nuestra página de abogado de lesiones en McAllen.

Hable Hoy con un Abogado que lo Atiende en Español

Si su familia perdió a un ser querido por la negligencia de otra persona en McAllen, San Juan o cualquier parte del Valle, llame a The Law Office of Chris Sanchez P.C. al (956) 686-4357. La consulta es gratuita y confidencial, lo atendemos en español, y no paga nada si no ganamos. Abogado Chris Sanchez, Barra de Texas #24084520, sirviendo a las familias del Valle del Río Grande.